Abogada para divorcio en Colombia
Le ayudo a terminar su matrimonio o unión de la forma más segura posible: por notaría cuando hay acuerdo, o ante el juez de familia cuando no lo hay, protegiendo sus bienes y los derechos de sus hijos.
Escrito por Nikoll Dayanna Moncada Fernández, abogada especialista en Derecho de Familia, Infancia y Adolescencia (T.P. 398005 del C. S. de la J.).
Dos caminos para divorciarse en Colombia
Antes de iniciar cualquier trámite, lo primero es saber qué camino aplica a su caso. En Colombia existen dos vías, y elegir la correcta puede ahorrarle meses de proceso y bastante dinero.
Divorcio de mutuo acuerdo ante notaría
Si usted y su cónyuge están de acuerdo en divorciarse, pueden hacerlo ante notario mediante escritura pública, gracias al artículo 34 de la Ley 962 de 2005 y el Decreto 4436 de 2005. Es la vía más ágil: no hay audiencias ni juez, y el trámite puede resolverse en pocas semanas una vez se radica la documentación completa.
Para este camino se requiere:
- Que ambos cónyuges estén de acuerdo y actúen por medio de abogado.
- Un acuerdo escrito sobre las obligaciones entre ustedes y, si hay hijos menores de edad, sobre su custodia, cuota alimentaria y régimen de visitas.
- Si hay hijos menores, el concepto del Defensor de Familia, a quien el notario notifica el acuerdo.
Divorcio contencioso ante el juez de familia
Cuando uno de los dos no quiere divorciarse o no hay acuerdo sobre los hijos o los bienes, el divorcio se tramita ante el juez de familia y debe fundarse en alguna de las causales del artículo 154 del Código Civil, como las relaciones sexuales extramatrimoniales, el grave e injustificado incumplimiento de los deberes de esposo o de padre, los ultrajes y el trato cruel, o la separación de hecho por más de dos años.
En este camino la estrategia probatoria es decisiva: hay que demostrar la causal y anticipar lo que alegará la otra parte.
Matrimonio religioso: cesación de efectos civiles
Si se casó por la iglesia, el trámite se llama cesación de efectos civiles del matrimonio religioso. Las reglas son las mismas del divorcio civil (notaría si hay acuerdo, juzgado si no lo hay); lo que termina son los efectos civiles del vínculo, no el sacramento.
Liquidación de la sociedad conyugal
Con el matrimonio nace una sociedad conyugal sobre los bienes adquiridos durante la unión. El divorcio la disuelve, pero no la liquida automáticamente: hay que inventariar bienes y deudas y repartirlos. Puede hacerse en la misma escritura del divorcio, en un trámite notarial posterior o ante el juez si no hay acuerdo.
Dejar la sociedad sin liquidar es uno de los errores más costosos: los bienes siguen en una situación jurídica incierta y vender o hipotecar se complica.
Unión Marital de Hecho
Si no se casó pero convivió con su pareja de forma permanente, puede existir una Unión Marital de Hecho (Ley 54 de 1990, modificada por la Ley 979 de 2005) y, después de dos años de convivencia, una sociedad patrimonial con efectos similares a la sociedad conyugal. Le asesoro tanto para declararla como para disolverla y liquidarla.
Cómo le ayudo
- Asesoría virtual de 60 minutos: analizamos su situación, definimos si su caso va por notaría o por juzgado y revisamos los documentos que necesita.
- Hoja de ruta: sale de la sesión con los pasos concretos, el orden de los trámites y una estimación realista de tiempos y costos.
- Representación (opcional): si decide que lleve su proceso, se acuerda por contrato aparte.
Si quiere profundizar antes de la consulta, lea la guía completa del divorcio express en Colombia.
Asesoría en Derecho de Familia
$400.000 COP · IVA incluido
La representación en un proceso judicial o notarial se acuerda por separado mediante contrato escrito.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo en Colombia?
Por notaría, una vez se radica la documentación completa, suele resolverse en pocas semanas. Si hay hijos menores, el tiempo depende también del concepto del Defensor de Familia. El divorcio contencioso ante juez puede tardar varios meses o más, según la carga del despacho y la complejidad de las pruebas.
¿Puedo divorciarme si mi cónyuge no quiere?
Sí. Si no hay acuerdo, el divorcio se tramita ante el juez de familia con base en alguna de las causales del artículo 154 del Código Civil. Una de ellas es la separación de hecho por más de dos años, que no exige probar culpa del otro cónyuge.
¿El divorcio liquida automáticamente los bienes?
No. El divorcio disuelve la sociedad conyugal, pero la liquidación (inventario y reparto de bienes y deudas) es un paso adicional. Puede hacerse en la misma escritura del divorcio por notaría, después ante notario o ante el juez si no hay acuerdo.
¿Necesito vivir en la misma ciudad para hacer el divorcio con usted?
No. La asesoría es 100 % virtual y atiendo casos en toda Colombia. Si después se requiere representación ante una notaría o juzgado específico, se evalúa según la ciudad donde deba adelantarse el trámite.