Custodia de hijos y régimen de visitas en Colombia
Cuando una pareja se separa, lo más importante es que los hijos queden protegidos. Le ayudo a definir con quién vivirán, cómo será la relación con el otro padre y qué hacer si los acuerdos no se cumplen.
Escrito por Nikoll Dayanna Moncada Fernández, abogada especialista en Derecho de Familia, Infancia y Adolescencia (T.P. 398005 del C. S. de la J.).
Custodia y patria potestad no son lo mismo
Es la confusión más frecuente. La custodia y cuidado personal (artículo 23 del Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006) define con quién vive el niño y quién se encarga de su cuidado diario. La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que ambos padres conservan aunque no convivan, como representar al hijo o administrar sus bienes.
Por eso, que un padre no tenga la custodia no significa que pierda sus derechos ni que deje de tener obligaciones. Lo explico en detalle en la guía sobre diferencias entre patria potestad y custodia.
Cómo se define la custodia
Siempre prima el interés superior del niño, niña o adolescente. Hay tres caminos, del más ágil al más formal:
- Acuerdo entre los padres, que puede formalizarse en una conciliación.
- Conciliación ante un defensor o comisario de familia, un centro de conciliación o un notario. En muchos asuntos de familia, intentar la conciliación es requisito antes de demandar.
- Proceso ante el juez de familia, cuando no hay acuerdo o cuando se pide modificar una custodia ya fijada.
Régimen de visitas
El padre o la madre que no tiene la custodia tiene derecho a compartir con sus hijos, y los hijos tienen derecho a mantener ese vínculo. El régimen de visitas fija días, horarios, vacaciones y fechas especiales. Puede acordarse, conciliarse o fijarlo el juez, y también puede modificarse cuando cambian las circunstancias.
Si el otro padre impide las visitas o no las cumple, hay mecanismos para exigirlas. Los explico en la guía sobre cómo solicitar y hacer cumplir el régimen de visitas.
Custodia compartida
La ley colombiana no la prohíbe y se ha abierto paso cuando ambos padres tienen condiciones similares, viven cerca y mantienen una comunicación respetuosa. No es automática: se analiza caso a caso pensando en la estabilidad del niño.
Permiso de salida del país
Para que un menor de edad salga de Colombia con uno solo de sus padres o con un tercero, se necesita el permiso del otro padre autenticado ante notario. Si el otro padre se niega sin justificación o no es posible ubicarlo, el permiso puede solicitarse ante el juez de familia (artículo 110 del Código de la Infancia y la Adolescencia).
Cómo le ayudo
- Analizo su caso y le digo qué camino tiene más probabilidades de éxito.
- Preparo la estrategia para la conciliación o la demanda, incluidas las pruebas sobre el bienestar de sus hijos.
- Le oriento para modificar una custodia o un régimen de visitas que ya no funciona.
- Si lo necesita, acordamos la representación en el proceso por contrato aparte.
La custodia casi siempre va de la mano de la cuota alimentaria: conviene definir ambas en el mismo acuerdo.
Asesoría en Derecho de Familia
$400.000 COP · IVA incluido
La representación en un proceso judicial o notarial se acuerda por separado mediante contrato escrito.
Preguntas frecuentes
¿A partir de qué edad un hijo puede decidir con quién vivir?
En Colombia no existe una edad fija a partir de la cual el hijo decide. El juez o la autoridad administrativa escucha la opinión del niño, niña o adolescente y le da más peso según su edad y madurez, pero la decisión final se toma según su interés superior.
¿Se puede cambiar una custodia que ya fue fijada?
Sí. Las decisiones sobre custodia y visitas pueden modificarse cuando cambian las circunstancias que las motivaron, por acuerdo de los padres, mediante conciliación o con un proceso ante el juez de familia.
¿Puedo impedir las visitas si el otro padre no paga la cuota alimentaria?
No. Las visitas y la cuota alimentaria son obligaciones independientes. El incumplimiento de la cuota se cobra por las vías legales, pero no autoriza a impedir el contacto del hijo con el otro padre.
¿Qué necesito para que mi hijo viaje al exterior conmigo?
El permiso de salida del país firmado por el otro padre y autenticado ante notario. Si el otro padre se niega sin justa causa o no puede ser ubicado, el permiso puede solicitarse ante el juez de familia.